Empleo en el Ayuntamiento de Alcalá
NOTA INFORMATIVA DE INTERES GENERAL
Con la entrada en vigor de la Ley de Estatuto Básico del Empleado Público el día 14 de mayo de 2007, para poder participar en los procesos selectivos, de conformidad con lo dispuesto en el art. 56 1.c, se permite acceder al empleo público a ciudadanos que reúnan entre otros el siguiente requisito:
“ Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público”.
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