PUNTOS MÁS IMPORTANTES MODIFICADOS POR EL TEXTO QUE SE NOS QUIERE IMPONER DESDE EL EQUIPO DE GOBIERNO.
- PRODUCTIVIDAD. El cobro de este Complemento –que ahora tenemos fijo como parte de nuestro salario- estará condicionado, entre otras cosas, al absentismo (podrán quitarnos dinero si nos ponemos enfermos) y a la realización de trabajos por la tarde o en fines de semana o festivos (es decir, que quien no quiera realizar esos “trabajitos” para el Jefe, puede perder la productividad del mes).
- COMPLEMENTO ESPECÍFICO. Se elimina el acuerdo plenario por el que todos los complementos y pluses pasarían al Específico, lo que supone una merma, ya de entrada, en los abonos de las Pagas Extras.
- JORANADA PARTIDA. No se aplican las cantidades negociadas en el último Acuerdo Colectivo, sino que se cogen como base las del año 2010 –incluido el descuento del 5%-
- TURNICIDAD. Desaparece este complemento para todos aquellos que realizan sus funciones en turno de tarde, aplicándose solo a los que rotan de turno durante el mes.
- SÁBADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS. Desaparecen del texto.
- BAJAS POR CONTINGENCIAS COMUNES. No compensan el 100%. De hecho se establece taxativamente que “no se incluirán aquellos conceptos retributivos que dependen del efectivo cumplimiento por parte del empleado público.
- COMPLEMENTO POR INCAPACIDAD RESULTANTE DE ACCIDENTE DE TRABAJO. Ha desaparecido ese artículo.
- SEGUROS DE VEHÍCULOS MUNICIPALES Y PARA LOS OCUPANTES, INCLUIDO EL CONDUCTOR. Desaparece del articulado el seguro de conductor y ocupantes, por lo que si hay un accidente estarán desprotegidos.
- RENOVACIÓN DEL CARNÉ DE CONDUCIR Y DEL RECICLAJE OBLIGATORIO DE LOS SOCORRISTAS. No se abonará la renovación para aquellos en cuyo trabajo sea obligatorio conducir. Además, en accidentes o por otras causas no dolosas en las que se le retire el carné de conducir, el Ayuntamiento les abrirá expediente.
Tampoco se renovarán los reciclajes de los socorristas.
10. SEGURO DE VIDA, ACCIDENTES Y RESPONSABILIDAD CIVIL. El cobro de las cantidades de este seguro, dependerá de si el Ayuntamiento suscribe o no suscribe la póliza correspondiente. Es decir, si deciden no suscribirla estaremos sin asegurar.
11. JORNADA LABORAL. Se incrementa hasta 1.642 horas anuales. Es decir, la jornada será de 219 días de 37,5 horas cada semana. Esto supone aplicar la jornada de 7,5 horas diarias.
Además desaparece la reducción de jornada de verano.
12. ASISTENCIA LETRADA PARA POLICÍAS. Desaparece.
13. RECONOCIMIENTOS MÉDICOS. Intentan imponer como obligatorios algunos reconocimientos médicos contraviniendo la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
14. HORARIO. En caso de llegar tarde al trabajo más de 1 hora al mes, se perderá la parte proporcional de salario correspondiente a ese tiempo más toda la productividad del mes en cuestión o del siguiente.
15. VACACIONES. Se quitan los 5 días adicionales de vacaciones para el turno de tarde.
Desaparece el punto en el que se establece que “los que cesan durante el año sin disfrutar de vacaciones se les abonará el tiempo correspondiente de vacaciones.
16. JUSTIFICACIÓN DE PARENTESCO. Se va a pedir justificar el parentesco de los familiares a través del libro de familia con copia compulsada, certificado del Registro Civil u otro documento.
17. LICENCIAS:
- Por nacimiento de hijo o hija. Se reduce el permiso de 5 semanas a 15 días
- Ha desaparecido el primer grado de consanguinidad o afinidad para los permisos de enfermedad u hospitalización.
- Desaparece el tercer grado para los permisos por enfermedad u hospitalización
- Quitan los permisos para intervención quirúrgica sin hospitalización.
- Todos los permisos por enfermedad se incrementan un día si ocurren a más de 100 kilómetros de la localidad (antes era si se producían fuera de la localidad).
- No se considerará hospitalización el ingreso por parto.
- Se quita el tiempo que se concedía para los exámenes de oposición.
- ASUNTOS PROPIOS: Quitan 5 días.
- No se podrán dividir los permisos por enfermedad de familiar en los 8 días siguientes al hecho causante.
- Por fallecimiento de hijo/hija, cónyuge, pareja de hecho: Antes teníamos 15 días hábiles y ahora son 15 días naturales.
- Desaparece 1 día de permiso por matrimonio de hermanos.
- Se elimina la posibilidad de acudir al médico con los nietos/as cuando el trabajador tiene la patria potestad, guarda o tutela.
- La baja de maternidad se rebaja de 24 a 20 semanas, y el parto múltiple baja de 27 a 22 semanas.
- Cesión de días de maternidad al padre: no se permitirá en el caso de que la mujer trabaje en otras empresas o administraciones. Sí en el caso de que la mujer trabaje en el propio Ayuntamiento.
- El disfrute de forma simultánea de la maternidad (por madre y padre) solo podrá sumar un total de 16 semanas entre los dos, y no de las 20 que la Corporación establece para la maternidad.
- La lactancia disminuye de 50 a 30 jornadas. Y si hay parto múltiple no se incrementa proporcionalmente el permiso.
- Se suprime el permiso de 7 días por interrupción del embarazo. Se nos dice que es que este Equipo de Gobierno quiere preservar la vida. No deben saber que abortos hay de muchos tipos y por mil motivos.
- Guarda legal: Se reduce la edad del menor desde los 14 a los 12 años.
18. GARANTÍAS SINDICALES. Excluyen de la negociación aquellas materias que “afecten a las condiciones de trabajo, y a las retribuciones de los funcionarios cuya regulación exija norma con rango de Ley.
19. PROMOCIÓN INTERNA. Se elimina el apartado que decía que “se cubrirán por Promoción Interna todas las plazas que sean posibles”. Es decir, se cargan la Promoción Interna.
20. GESTIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS. Desaparece este artículo. En dicho artículo se establecía la NO PRIVATIZACIÓN de los Servicios actualmente Públicos.
21. TRABAJOS DE SUPERIOR CATEGORÍA. Desaparece este artículo, por lo que pretenden que hagamos trabajos de superior categoría sin cobrar ni siquiera la diferencia económica.
22. POLICÍA LOCAL, RÉGIMEN DISCIPLINARIO. Desaparece el punto que decía que “no se podrán imponer sanciones disciplinarias que supongan cambio de turno o unidad”.
23. PREMIOS POR RENDIMIENTO Y AÑOS DE SERVICIO. Solo se abonarán los premios por años de servicio a aquellos funcionarios que ya hayan cumplido los años necesarios, o aquellos que los cumplan durante el presente año. Después desaparecen.
24. REVISIÓN SOCIAL Y ECONÓMICA. Desaparece este importantísimo artículo que establece que: “cualquier cambio en las condiciones de trabajo que afecten tanto al contenido esencial del puesto como a sus retribuciones serán de forma obligatoria negociadas con los representantes de los trabajadores”. En definitiva lo que pretenden es alcanzar la tan pretendida INDIVIDUALIZACIÓN DE LAS RELACIONES LABORALES, o lo que es lo mismo, imponer las condiciones laborales de manera unilateral tal y como pretenden hace ahora.
25. BANCO DE HORAS. Se suprime el banco de horas a partir de ahora. Aquellos que dispongan ahora de banco de horas podrán disfrutar el 50% a lo largo de la vida laboral, y el otro 50% a la jubilación. El que se muera antes perderá todos los derechos sobre su banco de horas.
26. TURNOS DE TRABAJO. Se imponen turnos y condiciones de trabajo sin negociación con los representantes de los trabajadores.
27. FONDO DE ACCIÓN SOCIAL. Se establece un FAS de 175.000 euros para prótesis y 100.000 euros para formación. Es decir, en la práctica casi se hace desaparecer. A parte, se da preferencia a fijos sobre interinos a funcionarios sobre laborales, etc…
28. REGLAMENTOS. Merecen un episodio aparte ya que por lo farragoso de su redacción es imposible sintetizar su contenido más allá de esta frase: “vamos a hacer lo que nos de la gana” –tanto en formas de acceso, como en traslados, etc…
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