FINALIZADO EL CONFLICTO SOBRE EL CONVENIO COLECTIVO... DE MOMENTO
EJECUCIÓN FLEXIBLE DEL CONVENIO FIRMADO EN MARZO DE 2.008
El 15 de diciembre se presentó a la Mesa de Negociación, a las once de la mañana, una propuesta renegociada del Convenio Colectivo por parte del Equipo de Gobierno. La respuesta de la parte social fue un rotundo NO.
Reanudadas las conversaciones a las 17 horas del mismo día, la Empresa cambió la marcha y aceptó las condiciones propuestas por la Mesa de Negociación flexibilizando un par de plazos para abonar los atrasos y otros conceptos del Convenio de marzo.
La propuesta presentada por nosotros se basaba en un principio fundamental que ha costado mucho reconocer a la Empresa: EL CONVENIO NO SE PUEDE RENEGOCIAR. Únicamente podíamos hablar de CÓMO Y CUÁNDO abonar todos y cada uno de los conceptos firmados en el mes de marzo. Y así ha sido.
Finalmente, en Asamblea General de Trabajadores celebrada el 16 de diciembre en la Plaza de Cervantes, este acuerdo se sometió a votación, decidiéndose por unanimidad que todos estamos dispuestos a aceptar el cumplimiento del Convenio en los términos descritos en el acuerdo presentado.
Es importante hacer la reflexión que sobrevolaba por la mente de todos los presentes: no nos fiamos de la firma ni de la palabra del Equipo de Gobierno. Pero tampoco tenemos nada que perder por dar otra oportunidad para que cumplan lo pactado. De todas formas, si observáramos nuevos incumplimientos o retrasos comenzaríamos de nuevo las movilizaciones, y esta vez serían definitivas.
A continuación os transcribimos el compromiso acordado por el Equipo de Gobierno. Cualquier duda al respecto os la aclararemos personalmente.
PROPUESTA DEL EQUIPO DE GOBIERNO SOBRE EL CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO COLECTIVO
- AÑO 2.008
Abonar los atrasos a precio de Convenio 2008-2011, en sus dos vertientes:
a) Abono de los atrasos a aquellos trabajadores que no tienen los pluses incluidos en el específico.
b) A los trabajadores con los pluses incluidos en el C. Específico: Abono de la diferencia pagada en el específico con el precio real de los pluses a fecha de 2.008
c) La cuantía de estos atrasos debe quedar estudiado y firmado antes del 31-12-08 y su abono no se alargará más allá de marzo de 2.009.
d) Abono a todos los trabajadores de la diferencia económica no abonada en la paga de junio del 1,25 % sobre el salario anual en el mes de enero de 2.009
- AÑO 2.009
a) A fecha de enero de 2.009 se abonarán los atrasos correspondientes a la desviación de I.P.C. de 2008.
b) Aplicación de la Ley de Presupuestos en todos los conceptos salariales.
c) La diferencia hasta el IPC real de 2008 de todos los conceptos salariales se incluirá en el Complemento de Productividad
d) Proceder a la adscripción de puesto de trabajo de aquellos trabajadores que quedaron descolgados en la última realizada. Dicha adscripción se negociará antes de finalizar el marzo de 2.009 para su aplicación con efectos de 1 de enero de 2.009. La adscripción referida establecerá el Complemento Específico teniendo como referencia los pluses al precio del año 2.007 con el incremento del IPC real exclusivamente.
e) La diferencia entre el precio de los pluses incluidos en el Específico con el precio pactado en el Convenio/Acuerdo Colectivo se abonará en el Complemento de Productividad.
f) En Junio y Diciembre se abonará el 1,25% sobre el salario anual como Productividad Convenio junio y Diciembre. La cuantía a abonar en junio será como mínimo la correspondiente al 0,30%
- AÑO 2.010
Igual que el año 2.00.9.
Los premios por antigüedad se abonarán en los términos acordados en el Acuerdo de marzo.
Antes del 1 de octubre de 2.010 se elaborará y se APROBARÁ una nueva RPT para su entrada en vigor con fecha 1 de enero de 2.011. En dicha RPT se procederá a establecer la cuantía del Complemento Específico de la siguiente manera: se sumarán las cuantías del C. Específico y del C. de Productividad y se calculará el 75%, cantidad que pasará a formar parte del Específico, y el 25% restante formará la Productividad.
- AÑO 2.011
Puesta en práctica de la RPT aprobada en el 2.010
- RESTO DE CONCEPTOS
El resto de los asuntos y conceptos no explicitados en el presente acuerdo se mantienen tal y como se acordaron en el Convenio/Acuerdo Colectivo de 6 de marzo de 2.008
- COMISIÓN DE SEGUIMIENTO
Se formará una Comisión de Seguimiento con la participación de representantes de la Corporación, representantes de la mesa General de Negociación y un representante de Ciudad Deportiva Municipal a fin de participar y observar el cumplimiento de cada uno de los puntos anteriores en la fecha señalada. El no cumplimiento de alguno de los puntos y/o alguna de las fechas se entenderá como nuevo incumplimiento por parte de la Corporación.
- COMISIÓN DE REORGANIZACIÓN DE PLANTILLA Y ECONOMIZACIÓN DE RECURSOS.
Creación de una Mesa para el estudio y reorganización de todos los Servicios Municipales, incluyendo la posibilidad de estudiar que la vigilancia a empresas externas se realice con medios humanos del propio Ayuntamiento.
- COMISIÓN DE AUTORIZACIÓNDE HORAS EXTRAORDINARIAS.
Se creará una Comisión cuya función será llevar a cabo el estudio de las propuestas de Horas Extraordinarias así como su autorización, comprometiéndose las partes a realizar exclusivamente aquellas que sean de fuerza mayor.
- DIFERENCIAS ECONOMICAS Y SUBIDAS DE CATEGORIA
No se darán diferencias económicas o subidas de categorías que no estén pactadas previamente con la representación de los trabajadores.
Queremos finalizar este artículo agradeciendo a todos aquellos que han estado al pie del cañón día tras día, en las concentraciones y Asambleas, para mostrar la fuerza de la plantilla frente a las agresiones que sufrimos y podamos sufrir en el futuro en nuestros derechos. Gracias a todos ellos porque habéis logrado mantener vivo el derecho a la negociación colectiva, y habéis logrado que TODA la plantilla se beneficie de un buen acuerdo. GRACIAS
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